La Inteligencia Artificial (IA) cada vez está más presente en nuestras vidas, y una de las últimas demostraciones de su potencial ha sido el proyecto DALL-E de la empresa OpenAI. Esta IA es capaz de generar imágenes sorprendentes a partir de descripciones escritas por humanos. Sin embargo, el hecho de que se base en millones de imágenes de internet ha generado un debate acerca de los derechos de autor y la propiedad intelectual. ¿Está infringiendo la IA los derechos de los creadores originales de las fotos utilizadas como base? ¿Pueden las IAs ser consideradas autoras de una obra creativa? En este artículo vamos a analizar la postura de los expertos y las posibles soluciones a este problema.
¿Cómo funciona DALL-E?
Antes de entrar en el debate acerca del copyright, es importante entender cómo funciona DALL-E. Esta IA se basa en redes neuronales entrenadas con millones de imágenes de internet. Cuando se le proporciona una descripción escrita de una imagen, DALL-E busca en su base de datos las imágenes que coinciden con los elementos clave de la descripción y las combina para generar una imagen nueva. En ocasiones, la imagen resultante es muy similar a la foto original, lo que ha generado preocupación entre algunos creadores.

¿Infringe la IA los derechos de autor?
La respuesta no es sencilla. Según la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI), las leyes del copyright establecen que solo una persona puede ser considerada autor de una obra creativa. En España, esto está recogido expresamente en la Ley de Propiedad Intelectual: “Se considera autor a la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica”. Por ende, las creaciones de una máquina o una IA como la de OpenAI no se consideran una infracción, porque no hay una autoría.
La misma postura adoptó en 2019 la Oficina de Derechos de Autor estadounidense, estableciendo que “no se registrará obras producidas por una máquina o un mero proceso mecánico que funcione de forma aleatoria o automática sin ninguna aportación o intervención creativa de un autor humano”.
¿Pueden las IAs ser consideradas autoras de una obra creativa?
Esta es una de las cuestiones más polémicas. Según Alejandro Touriño, socio director de ECIJA y responsable del área de tecnologías de la Información, la literalidad de la norma arroja dos interpretaciones no pacíficas: entender que la obra resultado de la IA no se encuentra protegido por derechos de autor, o entender que el autor y titular de la obra creada por la IA es el dueño de la propia IA que produce las creaciones. Por lo tanto, es necesario un cambio en la legislación para abordar este problema.

¿Hay creatividad en las imágenes generadas por DALL-E?
Aunque la IA utiliza elementos de diferentes imágenes para crear una nueva, hay un debate acerca de si estas imágenes resultantes son una obra creativa o simplemente una combinación compleja de otras imágenes. Es una sutil diferencia, pero es lo que al final determina el debate sobre los derechos de autor. Sergio Carrasco, jurista de Fase Consulting, explicaba a Xataka que para determinar si se trata de una obra derivada, deberíamos “ver cómo funciona la IA, cómo reformula o transforma la obra, cómo aprende y crea los nuevos elementos y se basa en patrones que ve que funcionan. Habría que ver caso por caso y las excepciones aplicables”.
¿Cómo afecta esto a la licencia Creative Commons?
El entrenamiento de herramientas como DALL-E Mini se basa en datasets abiertos, siendo uno de ellos YFCC100M, que contiene unos 99,2 millones de fotos de Flickr, todas ellas compartidas bajo varias licencias Creative Commons. Pero el uso masivo e indiscriminado de estas imágenes no encaja bien con la licencia CC. Un caso equivalente es el ocurrido con Github Copilot, donde Julia Reda, única representante del Partido Pirata en el Parlamento Europeo, explicaba que “quienes argumentan que es un trabajo derivado de los datos de entrenamiento esperan que esa producción se publique bajo la misma licencia GPL”. Es decir, si utilizan una imagen mía Creative Commons, espero que la imagen de la IA también se publique con esta licencia.
¿Qué soluciones legales se están planteando?
Las posibles soluciones legales que se plantean en esta materia incluyen soluciones revolucionarias que pasarían por conferir la condición de “autor” de la obra a la propia máquina. Algunas voces abogan por modificar la normativa en materia de propiedad intelectual y que ésta pueda conferir derechos no solo a las personas físicas sino también a las máquinas. No obstante, esto no se encuentra a la fecha en la ley sino en cierta doctrina que aspira a esa reforma. Otra posible solución que algunos expertos plantean es la creación de un derecho de autor de nueva creación por la utilización masiva por IA, para casos concretos. Un añadido que debería formar parte de una futura legislación y afectaría enormemente a la gestión de derechos de autor.
¿Hay soluciones tecnológicas?
Microsoft ofrece algo que OpenAI todavía no: un detector de duplicación. La diferencia entre unas IAs y otras es una cuestión de complejidad, porque el funcionamiento al final es el mismo. Github Copilot es una IA que aprende del código ajeno, mientras que DALL-E de OpenAI es una IA que aprende de las imágenes ajenas. En el caso de Microsoft, para atajar este dilema se empezó a ofrecer un detector de duplicación. Una herramienta que ofrecía la posibilidad de “incluir la atribución adecuada o decidir no utilizar el código en modo alguno”. Sin embargo, esta opción quizás no sea factible en OpenAI por una cuestión de complejidad y de dificultad a la hora de determinar hasta qué punto una imagen ha tenido relevancia.
¿Cuál es el futuro de este debate?
Estamos a las puertas de conocer cuáles son las implicaciones de estas herramientas basadas en inteligencia artificial en el ámbito del derecho de autor. Pese a que en el seno de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual se está debatiendo este tema, no hay ninguna iniciativa concreta para la aplicación de un cambio. Habría que ver también si la Unión Europea y Estados Unidos lo ven de la misma manera. No parece que vayamos a tener este debate pronto, ya que todavía hoy en día se trabaja para conseguir regular de manera correcta tecnologías que ya llegaron hace años como las redes sociales.
Conclusión
El uso de la inteligencia artificial en el ámbito del derecho de autor plantea desafíos legales y éticos que aún no tienen una respuesta clara. Aunque actualmente la ley no reconoce a las máquinas como autores, la posibilidad de que las IAs puedan generar obras creativas sin la intervención humana plantea nuevas preguntas sobre la titularidad y los derechos de autor. La discusión acerca de cómo adaptar las leyes del copyright ante el auge de la inteligencia artificial sigue siendo un tema abierto que requiere atención y soluciones a medida que la tecnología avanza.
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